Deudas por tierras o rutas: El Gobierno Nacional reabre el plazo para que las provincias compensen saldos pendientes

El Ministerio de Economía estableció un período de 60 días hábiles para que CABA y las provincias no adheridas se sumen al Régimen de Extinción de Obligaciones. El plan busca "sanear" las cuentas públicas mediante conciliaciones y transacciones de créditos recíprocos con el Estado nacional.
25/03/2026

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El Gobierno de Javier Milei estableció un plazo de 60 días hábiles para que la ciudad de Buenos Aires y las provincias se inscriban para participar del Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas, que el Poder Ejecutivo creó meses atrás para facilitar el “saneamiento” de deudas provinciales.

La medida fue plasmada a través del Decreto 171/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. Según establece el nuevo texto, aquellas jurisdicciones que aún no se hayan sumado a la iniciativa, como la provincia de Buenos Aires, cuentan con un plazo de 60 días hábiles administrativos" para manifestar su voluntad de participar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.

El régimen fue creado en noviembre de 2024 y permite que los diferentes distritos tengan la posibilidad de incluir compensaciones, conciliaciones, transacciones, reconocimiento, remisiones y toda otra operación para conseguir la cancelación de deudas, a través de créditos que tengan cada una de las jurisdicciones con el Estado nacional.

Además, los saldos provenientes de débitos o créditos recíprocos pueden ser cancelados en las condiciones que establezca el acuerdo entre Nación y cada uno de los distritos participantes, y permite como opción la posibilidad de que si el saldo de deuda resulta a favor del Estado nacional o las provincias, podrán cancelarlo afectando un porcentaje de los recursos que le correspondan por coparticipación, así como la entrega de bienes nacionales a las provincias, como tierras, empresas o rutas.

En el nuevo decreto, el Gobierno indicó que se celebraron convenios con diferentes jurisdicciones y se logró sanear parte de las cuentas públicas, “sin perjuicio de que se continúa trabajando en la compensación de deudas recíprocas a los fines de cumplir con el objeto previsto en el citado decreto”. Asimismo, planteó que se considera conveniente establecer un nuevo plazo.

Para participar, el Ejecutivo determinó que las jurisdicciones deberán presentar documentación que respalde la legitimidad de las obligaciones que se proponen incluir en el régimen, mientras que los informes técnicos pertinentes de las jurisdicciones adherentes podrán ser presentados ante la autoridad de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2027.

De acuerdo con la Coordinación Fiscal Provincial del Palacio de Hacienda, la provincia de Buenos Aires, CABA, Formosa, La Rioja, Santa Fe y Santiago del Estero son las únicas jurisdicciones no adheridas al régimen que ya tiene dos años de vigencia y dos prórrogas del plazo para adherir.

Fuente: Agencia DIB

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